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NACIÓN ELIMINÓ EL POTENCIAR TRABAJO



El Ministerio de Capital Humano aprobó este martes la transferencia de más de un millón de titulares del programa Potenciar Trabajo hacia las iniciativas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social. Por otra parte, hay que tener en cuenta que hay un motivo clave por el cual el gobierno te da baja automáticamente de ambas ayudas sociales.

 

En los últimos días se revelaron detalles complementarios sobre ambas iniciativas para que los beneficiarios del Potenciar Trabajo se adapten a las nuevas modalidades y cumplan con los requisitos establecidos por el gobierno.

 

Según lo publicado en el Boletín Oficial, se ordena que las Secretarías de Trabajo y de Niñez, Adolescencia y Familia notifiquen esta medida a los titulares mencionados en los ANEXOS I y II, utilizando los medios de comunicación pertinentes.

 

La transferencia, resultado de un proceso de cruzamiento de datos entre la Secretaría de Trabajo, ANSES y AFIP, trasladó a 1.012.357 ex titulares de Potenciar Trabajo al programa Volver al Trabajo y a 260.911 al programa Acompañamiento Social.


¿Cómo saber qué categoría me corresponde?

Para saber que categoría le corresponde a los antiguos benefiarios del Potenciar Trabajo deben estar atentos a cada uno de los requisitos que actualmente rigen para ser trasladados a cada uno de los programas vigentes.

 
Requisitos para acceder a Volver al Trabajo:
  • No ser prófugos de la justicia.

  • No estar registrados como empleadores en el SIPA.

  • No percibir otro subsidio de empleo o capacitación otorgado por entidades estatales.

  • No ser titulares de más de un inmueble o vehículos recientes.

  • No percibir jubilaciones, pensiones, ni subsidios por desempleo.

  • No tener empleo formal bajo relación de dependencia, salvo excepciones.

  • No ser trabajadores independientes registrados, excepto en categorías específicas.

  • No haber viajado al exterior durante períodos que impidan cumplir con las obligaciones del programa.

  • No haber obstaculizado el funcionamiento de servicios de transporte o la movilidad pública.

  • No haber incurrido en actos de violencia ni alterado el orden público.

  • No haber fallecido o renunciado al programa.

  • No haber realizado declaraciones juradas falsas.

  • No haber violado alguna condición de incompatibilidad.

 

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